Prohíben la comercialización y uso de todos los productos de la firma SURAR PHARMA S.A.

Publicado el: 24 abril, 2015

El Ministerio de Salud Pública, a través del Departamento de Fiscalización Farmacéutica y Tecnología Médica, perteneciente a la Dirección General de Fiscalización Sanitaria, informa a toda la población, profesionales de la salud, y a los establecimientos farmacéuticos, que por medio de disposición de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), se prohíbe la comercialización y uso de todos los productos de la firma SURAR PHARMA S.A., por detectarse diversos incumplimientos.

La medida fue dispuesta luego de una inspección realizada a la firma, durante la cual se detectaron diversos incumplimientos. Las plantas clausuradas son las ubicadas en Luis Viale 961/63/65 y en Espinosa 1439/41 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el depósito se sitúa en Espinosa 1444, también en esta ciudad. En tanto, los productos a los cuales alcanza la prohibición de uso y comercialización en todo el territorio nacional son los siguientes:

Agua para Inyección
Amikacina Surar Pharma
Aminofilina Surar Pharma,
Ciprofloxacina Surar Pharma
Clindamicina Surar Pharma
Clonidina Surar Pharma
Cloruro de Potasio Surar Pharma
Cloruro de Sodio Surar Pharma
Colistina Surar Pharma
Dexametasona Surar Pharma
Dextropropoxifeno + Dipirona Surar Pharma
Diazepam Surar Pharma
Diclofenac Surar Pharma
Difenhidramina Surar Pharma
Dipirona Surar Pharma
Dopamina Surar Pharma
Fenitoína Surar Pharma
Flumazenil
Furosemida al 1% Surar Pharma
Gentamicina Surar Pharma
Gluconato de Calcio
Hidrocortisona Surar Pharma
Ibuprofeno Surar Pharma
Kelac Surar Pharma
Lorazepam Surar Pharma
Metronidazol Surar Pharma
Metoclopramida Surar Pharma
Midazolam
Neostigmina
Omeprazol Surar Pharma
Ranitidina Surar Pharma
Rifamicina Surar Pharma Spray
Solución Fisiológica
Succinilcolina
Vancomicina Surar Pharma
Vitamina K Surar Pharma

Esta Administración Nacional recomienda a los profesionales de la salud, a los establecimientos farmacéuticos y a la población en general que se abstengan de comercializar y utilizar las unidades correspondientes a los productos mencionados.

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