El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) actualizó este viernes, a través de la Resolución N.° 723/2025 publicada en el Boletín Oficial, las condiciones y procedimientos para habilitar transportes de animales vivos y productos de origen animal en todo el país. La medida busca reforzar la cadena agroproductiva y mejorar los estándares sanitarios y técnicos, incorporando nuevos tipos de transporte y estableciendo exigencias más claras para productores y fabricantes.
Entre los cambios más importantes, se habilita el uso del “Bitren”, un vehículo articulado que permite trasladar gran cantidad de animales, y se autoriza la incorporación de unidades no contempladas en la normativa previa, siempre que sean funcionales para cada especie. Además, se permite usar malla cuadriculada en el transporte de porcinos, lo que da lugar a vehículos “multiespecie”. También se excluye de la obligación de habilitación a los transportes de abejas, productos apícolas, aves ornamentales, aves de exposición y peces ornamentales.
La resolución establece que los vehículos que no cumplan con todos los requisitos podrán recibir una habilitación provisoria de 90 días, tiempo en el cual deberán hacer las modificaciones necesarias para conseguir la tarjeta definitiva.
Otra novedad es la creación del Programa de Certificación Sanitaria Oficial de Fabricación de Vehículos, que permitirá a los fabricantes homologar sus diseños ante Senasa antes de comercializarlos. Esta certificación, supervisada por el organismo, tendrá validez de cinco años para cada vehículo nuevo destinado al transporte de animales vivos o productos de origen animal.




