La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso extraordinario presentado por la expresidenta Cristina Kirchner y dejó en condiciones de ejecución inmediata el decomiso de bienes en la causa Vialidad, donde la exmandataria cumple una condena de seis años de prisión por corrupción. La medida también alcanza bienes vinculados a sus hijos, Máximo y Florencia Kirchner, aunque todavía podría intentar llegar a la Corte Suprema mediante un recurso de queja.
La decisión fue tomada por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Diego Barroetaveña y Mariano Borinsky.
Con este fallo, Casación rechazó la posibilidad de que la Corte Suprema de Justicia revise, por la vía del recurso extraordinario, la decisión de avanzar con la ejecución de los bienes decomisados.
De todos modos, Cristina Kirchner aún puede presentar un recurso de queja directamente ante la Corte. Sin embargo, esa presentación no suspende la ejecución de los bienes y, según el criterio judicial expuesto, tendría pocas chances de prosperar.
Los jueces Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña rechazaron por mayoría los recursos presentados por las defensas de Cristina Kirchner, Lázaro Báez y el apoderado de Máximo Kirchner y Florencia Kirchner.
En el caso puntual de la expresidenta, los tres integrantes de la Sala coincidieron en declarar inadmisible su recurso extraordinario.
En su voto, Hornos sostuvo que los planteos de las defensas no demostraban una cuestión federal suficiente que justificara la intervención de la Corte Suprema.
También señaló que los reclamos estaban vinculados principalmente a cuestiones de derecho común, como la interpretación del artículo 23 del Código Penal y las reglas aplicables al decomiso, temas que en general no habilitan una instancia extraordinaria.
El magistrado afirmó además que la sentencia cuestionada había dado una respuesta “extensa, fundada y razonada” a los planteos de las defensas. Según su criterio, las impugnaciones solo mostraban desacuerdos con la decisión tomada sobre el alcance del decomiso y el estándar de prueba aplicado.
Hornos también defendió el uso del decomiso en casos de corrupción y remarcó que “el delito no constituye un título legítimo para generar riqueza jurídicamente reconocida”. En otras palabras, sostuvo que una persona condenada no puede conservar beneficios económicos derivados de un hecho ilícito.
Por su parte, el juez Diego Barroetaveña acompañó el voto de Hornos. Consideró que los argumentos de las defensas expresaban desacuerdos con lo resuelto, pero no planteaban una controversia federal concreta ni un caso de arbitrariedad que justificara la intervención de la Corte.
El juez Mariano Borinsky también coincidió en declarar inadmisible el recurso de Cristina Kirchner, aunque tuvo una postura parcialmente distinta sobre los planteos de Lázaro Báez y de los hijos de la expresidenta.
Borinsky sostuvo que debía concederse parcialmente la instancia extraordinaria respecto de algunos bienes alcanzados por el decomiso.
En particular, mencionó ciertos inmuebles de sociedades vinculadas a Báez y los departamentos ubicados en Mitre 535, además de lotes del complejo Los Sauces, vinculados a Máximo y Florencia Kirchner.
Según explicó, esos bienes habrían sido adquiridos antes del 23 de abril de 2004, fecha tomada como referencia por el tribunal para evaluar qué bienes podían quedar alcanzados por el decomiso.
Para Borinsky, en esos casos puntuales existían planteos vinculados con el principio de legalidad y el derecho de propiedad que justificaban habilitar una revisión parcial ante la Corte Suprema.





