¿Cuanto se puede gastar sin que AFIP te controle?

Publicado el: 16 enero, 2024

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) ha modificado los montos a partir de los cuales se requerirá la identificación de los compradores en las facturas y tickets de compra.

Según informa el Blog del Contador, a partir del 15 de enero de 2024, se actualizan los importes para identificar a los consumidores finales en las transacciones. Para pagos a través de medios electrónicos, el monto de identificación se incrementa a $191.624, comparado con los anteriores $92.720. En el caso de pagos en efectivo u otros medios no electrónicos, el nuevo umbral es de $95.812, antes $46.360.

La identificación del consumidor final, cuando la operación alcanza o supera estos montos, requerirá la inclusión de datos como apellido y nombre, domicilio, CUIT/CUIL/CDI, y número de documento de identidad.

El sistema “Comprobantes en Línea” considera que la operación se realizó a través de medios electrónicos cuando se selecciona alguna de las opciones como Tarjeta de Débito, Tarjeta de Crédito, Cuenta Corriente, Cheque, o Tiquet. La identificación también será necesaria si el importe de la operación es igual o superior a $95.812 y no se realizó mediante medios electrónicos autorizados.

Para responsables inscriptos frente al impuesto al valor agregado, cuya actividad principal sea la comercialización mayorista, se exceptuará de la identificación al cliente cuando la operación sea igual o menor a $95.812 y el pago se realice por algún medio electrónico autorizado.

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